Demanda antidemocrática

El martes 2 de noviembre el juzgado de lo social número 1 de Burgos, notificó la sentencia por la demanda interpuesta por el sindicato BUB y el expresidente del Comité de Empresa, Eduardo Alonso de Abia, contra los miembros del Comité electos por UGT, CCOO Y SITB-USO tras la destitución del cargo que ostentaba. Entrar a valorar tan asquerosa y mezquina demanda, en la que solicitaban alrededor de 7.000 euros a cada denunciado, se resume con una sola frase recogida en la sentencia que la califica como “contraria al más elemental principio democrático”. Es lamentable ver como se intenta amordazar y coaccionar el libre voto y el ejercicio de la democracia, con tácticas indignas e intimidatorias, que nada tienen que ver con los principios que se nos presuponen a quienes voluntariamente hemos decidido representar a los trabajadores.

Peor aún, es ver como por tercera vez estos mismos “compañeros” denuncian y atentan directamente contra miembros del Comité que no son de su cuerda, en un consumado acto que roza el acoso tanto sindical como personal. En su momento interpusieron una denuncia contra parte del Comité, por una carta anónima, siendo en varias ocasiones desestimada por el juzgado. Más tarde su objetivo fue directamente el compañero José Enrique Fontaneda, quien fue sancionado con el inestimable apoyo de la anterior Business Partner en Burgos, finalmente y como no podía ser de otro modo, dicha sanción fue tumbada por el de la toga. Penoso ver como arremeten con tanto odio contra otros miembros del Comité, buscando su beneficio particular, en lugar de dedicarse a defender los intereses de la plantilla, como es su obligación.

En esta última demanda, se nos reclamaba una indemnización de 7.000 euros a cada uno de nuestro bolsillo, del salario con el que se alimentan nuestras familias, por lo que entienden un daño moral, una pérdida de imagen ante la plantilla y una vulneración de sus derechos fundamentales. Básicamente lo que dice la sentencia es que nada de nada, considerando la demanda antidemocrática y dejando claro que adolece incluso de legitimación activa, la sentencia dice literalmente “estimar la demanda supondría abrir una posibilidad de sanción a cada miembro del Comité de Empresa por los acuerdos alcanzados en su ámbito, lo que pudiera coartar el sentido de su voto y con ello ocasionar una grave vulneración de sus derechos sindicales” , solo por estos motivos procedería la íntegra desestimación de la demanda.

Esto no es una puta película del maestro Scorsese, aunque alguno juegue siempre a ser el protagonista.

Algunos tenemos muy claro que el Comité de Empresa tiene que velar por defender los derechos de los trabajadores, apostando por el continuo diálogo por parte de UGT, CCOO y SITB-USO, más allá de las lógicas e inevitables posiciones contrarias que podamos tener, y de hecho tenemos, en el día a día. Lo inaceptable es ver como a otros solo les hace feliz ir  contra esta unidad, posicionándose continuamente y de forma descarada cada día más cerca de la Empresa.

Esperamos su panfleto vomitado, recordando sus únicos argumentos de los últimos años, el binomio, el trinomio, la pandereta, la cabra, los despidos y la eficacia limitada. eso sí, a la hora de hablar mal o posicionarse en contra de las imposiciones de la Empresa, nada de nada. Extraña forma de hacer sindicalismo. Esto es lo que hay o lo que algunos quieren tener. Llega el momento de cambiarlo.