En el día de ayer recibimos, a través de Metaposta, la tan esperada nómina de febrero. En la misma nos han abonado los “atrasos” de convenio, del siguiente modo:
- Con carácter retroactivo, desde enero a diciembre de 2025, el incremento del 2,8% correspondiente al IPC del año 2024.
Ejemplo: El Salario de Calificación Nivel 2 de operari@s en las tablas 2024 era de 1.675,28€, que al multiplicarlo por ese 2,8% da como resultado la cantidad que aparece reflejada en el concepto devengos de 46,91€.
Y así sucesivamente en todos los conceptos salariales, mes a mes, con sus correspondientes deducciones.
- En el periodo correspondiente a enero de 2026, sobre estas cantidades resultantes el incremento del 2,9% correspondiente al IPC del año 2025.
Ejemplo: Al Salario de Calificación resultante de 1.722,19€ se le multiplica por ese 2,9%, dando como resultado 49,94€, que al sumarlos a los 46,91€ anteriores, da como resultado la cantidad que aparece reflejada en el concepto devengos de 96,85€.
- En el periodo correspondiente a febrero de 2026, quedan actualizadas las nuevas tablas conforme a las subidas salariales anteriormente mencionadas.
Por lo tanto, como SITB ya anunció en nuestro boletín informativo del pasado mes de diciembre, antes de la firma del convenio, hemos sufrido una importante pérdida económica derivada de la eliminación del carácter retroactivo de las subidas salariales, aceptada por CCOO y BUB con la firma del II Convenio Colectivo en 2022 y ratificada ahora también por UGT con la firma del III.
Ejemplo: Hasta aquel momento, en esta nómina hubieses cobrado el 2,8% del año 2024 más el 2,9% correspondiente al 2025. Pero la realidad es que debido al acuerdo firmado únicamente has cobrado el 2,8% del 2024 aplicado al 2025. Es decir, solo has cobrado el 5,7% a partir de enero de 2026.
Como conclusión, lo cierto es que la tan cacareada subida salarial del 25% desde el año 2021, calificada en los medios de comunicación por alguno de los firmantes como de ciencia ficción, lo que en realidad ha supuesto es que ni tan siquiera hayamos conseguido mantener nuestro poder adquisitivo, además de la pérdida definitiva del carácter retroactivo de los incrementos salariales.
A partir de aquí, que cada uno saque sus propias conclusiones.