REUNIÓN COMITÉ INTERCENTROS

RECIBO DE NÓMINA

La Empresa nos ha presentado los cambios que vamos a poder ver a partir de este mismo mes de junio en nuestra nómina, tras el acuerdo alcanzado el pasado mes de diciembre. Aparecerán las cantidades horas/días, los conceptos retroactivos de los periodos abonados, el escalón y la posición del trabajador, las cantidades por I.T desglosadas por tipo de prestación, la antigüedad en la Empresa y la que realmente se cobra, los permisos retribuidos con sus horas correspondientes y el hecho causante.

SITB entiende que lo presentado aclara la nómina, pero no lo suficiente y también debería simplificarse para que todo el personal pueda entenderla.

COMEDOR

Tras una demanda en la Inspección de Trabajo de CCOO por la cotización de los pagos del comedor, esta ha dictaminado que los pagos están mal declarados. Para compensarlo, la Empresa nos aumentará la Base de cotización a todos los trabajadores y se rebajarán los precios el 20% que UGT y BUB acordaron subir en su momento. Para mantener un beneficio fiscal será necesario realizar el pago del comedor a través de la Retribución Flexible.

SITB ha solicitado a la Empresa la resolución de la Inspección de trabajo, para poder analizar el error cometido por la Empresa, ya que nos quedan dudas de que no esté ocurriendo lo mismo en otros conceptos.

TEAM-LEADER

UGT ante los incumplimientos continuados de las tareas que debe desarrollar el Team-Leader, ha solicitado que deje de considerarse un “rol” y se considere un nuevo puesto de trabajo, valorándose sus tareas. La Empresa lo analizará.

Desde SITB hemos recordado los motivos por los que no aceptamos esta figura en la reunión del año 2018, en la que UGT, CCOO y BUB aprobaron este rol. “El Team-leader no es un rol, es un nuevo puesto de trabajo, con una responsabilidad equiparable a la de un encargado y que además supone un mayor desempeño de trabajo. Se genera una garantía salarial que debe ser reconocida consolidándose y discrepamos del tiempo de dedicación, ya que puede llegar a ser del 100%”.

El TIEMPO HA VUELTO A DARNOS LA RAZÓN Y NOS ALEGRAMOS QUE UGT y BUB AHORA LO VEAN COMO NOSOTROS, MÁS VALE TARDE QUE NUNCA

 

TELETRABAJO, DESCONEXIÓN DIGITAL Y REGISTRO DE JORNADA

Aprobado por CCOO-BUB y a la espera del posicionamiento final de UGT y ELA que enviarán los textos a sus servicios jurídicos antes de dar respuesta. SITB no las ha aprobado porque:

Política de Teletrabajo: Para SITB está realizada para que no se teletrabaje, ya que no existe ninguna mejora en la misma. La decisión de permitir que se teletrabaje, ya es a día de hoy potestad de la Empresa y nosotros entendemos que si se hace una política es para mejorar lo ya existente.

Política de desconexión digital: Para nosotros es un brindis al sol, ya que en ningún lugar aparece reflejado la obligatoriedad de su cumplimiento, ni las consecuencias de no hacerlo. A buen seguro esta política no va a impedir los grupos de WhatsApp, ni las llamadas reiteradas fuera de tu jornada para que acudas a trabajar fuera de tu calendario, etc…

Política de Registro de Jornada: En la misma aprueban un sistema de fichaje que desarrolla lo que aparece reflejado en el Convenio, pudiendo alargarnos la jornada en el caso de que considere que nuestros descansos no han sido de un tiempo razonable, lo que a nuestro entender pudiera suponer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo al poder obligar a recuperar ese tiempo y aumentar así las horas en fábrica.

REUNIÓN MESA NEGOCIADORA

En el Convenio, la Empresa incluyó en el Artículo 29 un plazo de tres meses para trasladar una propuesta para la redacción final de este artículo.  En el día de hoy la Empresa nos ha presentado la nueva redacción, SITB ha trasladado que lo analizaremos en profundidad con nuestros servicios jurídicos antes de dar respuesta en una próxima reunión, pero en una primera lectura ya hemos podido observar varios puntos con los que no estamos de acuerdo, el límite que se establece de un 10% sobre la plantilla para la contratación bajo la modalidad de contrato de formación, lo que para nosotros supone una precarización en toda regla, además en la nueva redacción no aparece compromiso alguno de conversión en indefinidos y existe una ambigüedad importante cuando se habla de la antigüedad como condición para cubrir una vacante.  

 

 

 

por SITB

Abrir chat
Resolvemos tus dudas
Habla con SITB