En el BOE de 7 de Octubre se publica la ampliación del permiso de paternidad a cuatro semanas ininterrumpidas en los casos de nacimiento, adopción o acogida.
La Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2011.
La reforma legislativa modifica el texto del articulo 48 bis) del Estatuto de los Trabajadores, asi como la letra a) del articulo 30.1 de la Ley 30/1984, que quedará redactado en los siguientes términos:
Articulo 30.
Permisos 1. Se concederán permisos por las siguientes causas justificadas:
a) Por el nacimiento, acogimiento, o adopción de un hijo, cuatro semanas a disfrutar por el padre a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción.